¿Todos los expatriados en México necesitan obtener un RFC del SAT antes del 1 de julio?
¿Todos los expatriados en México necesitan obtener un RFC del SAT antes del 1 de julio? Este artículo proporciona antecedentes y detalles sobre cómo le afectarán las recientes reformas fiscales.
La reforma fiscal de México de 2022 incluye una reforma al artículo 27 del Código Financiero Federal, que agrega un párrafo que establece que todas las personas físicas mayores de edad (18 años en México) recibirán un número de RFC, independientemente de que estén sujetos a contratar o se dediquen a Actividades de negocio.
La razón detrás de esto, y la razón por la cual los RFC ya no se pueden publicar en línea, sino que ahora requieren citas en persona, es que a lo largo de los años, el robo de identidad financiera se ha vuelto muy común y muy fácil de lograr.
Esto se debe a que los números CURP son básicamente públicos: si conoces el nombre completo de una persona, su fecha y lugar de nacimiento, puedes obtener fácilmente su número CURP. Este tipo de robo de identidad es utilizado principalmente por el lavado de dinero y la subcontratación ilegal y las organizaciones de ventas de facto. También es por eso que el SAT cambió su proceso para obtener una contraseña hace dos años para poder acceder a su servicio en línea y asegurarse de que es el contribuyente quien aplica y establece la contraseña.
Contrariamente a la información publicada en periódicos, que circula en Internet y redes sociales, esta entró en vigencia el 1 de enero. El 3 de enero, la Administración Tributaria del Estado emitió presione soltar Declaración de que no habrá sanciones para las personas físicas que estén desempleadas o no tengan actividad empresarial y no estén registradas con un número de RFC. Parte de la razón es que, dado el actual sistema de registro RFC cara a cara, el SAT tarda algún tiempo en registrar a todos. El presidente, por su parte, también se pronunció al respecto, dejando en claro que la intención de esta reforma no es castigar a las personas, sino tener una base de datos mejor, más completa y proteger a las personas del robo de identidad financiera.
¿Qué pasa con los extranjeros?
Este es un tema con varios ángulos, y trataré de explicarlo con tanto detalle como sea posible en términos sencillos.
En primer lugar, los extranjeros son residentes, porque el hecho de que Inmigración les haya otorgado la residencia no los convierte automáticamente en residentes fiscales. Básicamente, esto significa que se les permite permanecer en el país más de 183 días al año. La ley fiscal federal establece que los individuos pueden ser considerados residentes fiscales cuando su lugar de residencia (refiriéndose a una casa, apartamento, RV, etc.) se encuentra en el país. Si además tiene presencia en otro país, es el centro de interés vital el que determina la residencia fiscal, es decir, donde alguien gana más del 50% de sus ingresos. La gran mayoría de los expatriados también tienen un lugar en el extranjero y no tienen ingresos de México o, si los tienen, son menos del 50% de sus ingresos totales. Si tienen ingresos de México, solo pagarán impuesto sobre la renta a México sobre esos ingresos, ya que no se consideran residentes fiscales mexicanos.
Cuando se reformaron las leyes de inmigración hace unos años, se pasó de emitir FM2, FM3, etc. a emitir tarjetas de residencia temporal y permanente. Esto genera algunos problemas fiscales porque las leyes fiscales federales y todas nuestras leyes fiscales específicas se refieren únicamente a los residentes. Aquí es donde se vuelve más importante que nunca observar a quién considera el código fiscal federal que es un residente fiscal.
Por otro lado, la mayoría de los extranjeros obtienen la residencia mostrando suficiente solvencia, es decir, demuestran que no tienen que obtener ingresos en el país. Aquí es donde se hace evidente la principal diferencia entre los residentes temporales y los permanentes, ya que el USCIS otorga automáticamente a los residentes permanentes un permiso de trabajo (USCIS considera que obtener cualquier tipo de ingreso en el país es un trabajo, no solo un empleo), pero los residentes temporales, a menos que obtener una oferta de trabajo en su visa de residencia, no obtener automáticamente un permiso de trabajo.
Cuando alguien realiza actividades comerciales en el país, como obtener ingresos por alquiler o iniciar un negocio, debe notificar al Servicio de Migración que las condiciones bajo las cuales se le otorgó originalmente la residencia han cambiado y solicitar un permiso de trabajo. En este caso, la primera solicitud de USCIS es mostrar su registro de RFC indicando las actividades que realizaron que llevaron al cambio de condiciones. Esto solía ser muy fácil cuando el proceso de registro de RFC se realizaba en línea. Dado que esto ha cambiado, el principal desafío es que algunas oficinas del SAT, como la de Puerto Vallarta, tienen un estándar para no aceptar tarjetas de residente temporal sin permiso para trabajar como una identificación válida. Cuando se les hace esta pregunta, su respuesta siempre es que no se niegan a procesar registros RFC, se niegan a identificarse.
Es importante tener en cuenta dos cosas: el SAT no considera que un pasaporte extranjero sea una identificación válida, y nada en ningún reglamento público del SAT establece que solo se permiten tarjetas de residencia permanente y/o tarjetas de residencia temporal que permitan trabajar. El documento oficial solo dice: “Un documento migratorio válido emitido por el departamento correspondiente.” Sin embargo, los criterios para no aceptar tarjetas de residente sin permiso de trabajo no son exclusivos de la oficina de Puerto Vallarta.
Esto crea un bucle y hemos podido navegar con éxito y encontrarás en el texto.
Este problema se complica para los extranjeros por el hecho de que la ley fiscal federal es muy vaga al estipular que todos los «individuos» mayores de edad ahora están obligados a registrar un número de RFC. En mi empresa, Equilibrium, hemos enviado una encuesta oficial al SAT que indica que varias oficinas del SAT en todo el país ni siquiera aceptan tarjetas de residencia temporal para identificación sin permiso. Emitiremos otra explicación una vez que tengamos una respuesta oficial de las autoridades.
¿Qué hacen los expatriados el 1 de julio?
Lo único que entró en vigencia el 1 de julio fue la transición de la versión 3.3 de Factura Electrónica (CFID: Comprobante Fiscal Digital por Internet), que se traduce aproximadamente como «Comprobante Fiscal Emitido en Internet», es decir, Factura Electrónica, a menudo denominada como «hechos».
La versión 4.0 de CFDI incluirá un nuevo campo para los regímenes fiscales de los destinatarios y también aplicará un campo de código postal. Estos dos nuevos campos, junto con el campo de nombre, serán validados automáticamente por los servidores del SAT, lo que significa que no se emitirá ningún dato a menos que estos dos campos coincidan exactamente con la información del destinatario del SAT.
Es por esto que proveedores y comercializadoras han estado solicitando a sus clientes que les suministren la Constancia de Situación Fiscal.
La Constancia de Situación Fiscal es un certificado RFC que incluye información general sobre el contribuyente e información sobre su régimen tributario y obligaciones tributarias a la fecha de su emisión. Debido a que los regímenes fiscales y las direcciones pueden cambiar si los contribuyentes necesitan cambiar, los proveedores requieren versiones más nuevas de constancias, que a menudo simplemente se convierten a las constancias publicadas más recientemente.
Constancias de Situación Fiscal pueden ser Descargar desde el sitio web oficial del SAT Solo el número de RFC y la contraseña. Una vez hecho esto, se fechan el día en que se descargaron y cuentan con una firma digital que garantiza su autenticidad. También se pueden obtener presentando una identificación vigente en el SAT. Por eso hay largas filas todos los días afuera de la oficina del SAT. Ahora son en su mayoría los empleados los que necesitan mostrar su constancia al empleador para que el empleador pueda emitir recibos de pago electrónicos.
El CFDI 4.0 originalmente estaba programado para entrar en vigencia el 1 de enero, junto con todos los demás cambios a la reforma tributaria. Sin embargo, la prórroga del 1 de mayo se emitió junto con la reforma tributaria, ya que dichos cambios requieren que todos los proveedores de servicios de emisión de hechos realicen cambios en sus sistemas. La transición de CFDI 3.3 a CFDI 4.0 presentó más desafíos de los esperados, por lo que se emitió una segunda extensión en febrero, retrasando la fecha al 1 de julio. Por lo tanto, el 30 de junio será el último día que cualquier persona en el país podrá emitir CFDI 3.3, a menos que las autoridades extiendan más el plazo.
Si ya tiene un número de RFC y está registrado en una empresa de servicios públicos como CFE, Telmex, Izzi, etc., debería haber recibido una solicitud de ellos para actualizar su información fiscal para que puedan continuar usando su número de RFC para publicar los hechos. después del 1 de julio. Si su empresa de servicios públicos está a su nombre pero no tiene un número de RFC, todas las empresas de servicios públicos tienen y seguirán publicando el hecho usando el número de RFC público común (XAXX010101000) ya que estas empresas generalmente no usan el número de extranjero de RFC común (XEXX010101000) Por defecto, como lo hacen algunos bancos, como Intercam. Puede verificar esto en su factura/estado de cuenta bancario.
Si desea poner utilidades a su nombre y no tiene un número de RFC, solo usarán el número de RFC genérico. Si tienes un número de RFC, te pedirán que les des la Constancia de Sitaución Fiscal para asegurarse de que la información ingresada al sistema coincida con la del SAT. Es importante aclarar que todos los bancos y empresas de servicios públicos llevan varios años requiriendo constancias, y cobra aún más importancia en CFDI 4.0 porque, como se mencionó anteriormente, si el nombre, código postal y régimen fiscal están en el destinatario con el SAT, no son Se emitirá una falsificación porque los servidores del SAT la rechazarán automáticamente.
Para información oficial sobre CFDI 4.0 visita este sitio web del gobiernoMucha de esta información puede ser demasiado técnica, pero también puede encontrar algunas preguntas frecuentes en el lado izquierdo del sitio, que su navegador debería poder traducir al inglés.
Si tiene preguntas adicionales sobre impuestos y registro de RFC, puede contactarme a [email protected]